Beneficios fiscales
Para tú información:
La ley del 23 de diciembre de 2002, se promulgó en España una nueva Ley de Mecenazgo con el objetivo de incentivar la participación de la sociedad, las entidades sin fines de lucro y de los particulares en la protección, apoyo y realización de actividades de interés general. Para lograrlo, esta nueva normativa mejora el tratamiento tributario de los donativos, las donaciones y las aportaciones que particulares o empresas hagan a favor de estas entidades sin ánimo de lucro.
La Fundación Vipeika se encuentra en condiciones de disfrutar de dichos beneficios fiscales, ya que posee la acreditación necesaria del Ministerio de Educación, en Orden EDU/496/2011, de 10 de febrero, por la que se la inscribe en el Registro de Fundaciones, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
Para las aportaciones realizadas por personas físicas: Las aportaciones, donativos o donaciones que las personas físicas destinen a la Fundación Vipeika darán derecho a una deducción del 25% de la cuota íntegra del IRPF.
Para las aportaciones realizadas por personas jurídicas: Las aportaciones, donativos o donaciones que las personas jurídicas destinen a la Fundación Vipeika darán derecho a una deducción del 35% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades.
Siempre que hagas una donación haznos llegar tu nombre con dos apellidos, tu NIF y tu dirección postal y te enviaremos el Certificado de Donación para tu desgravación fiscal. (info@fundacionvipeika.org) sin estos datos no podemos hacerte llegar el certificado.
